- Podrán compensar hasta el 25% del saldo positivo
- Si siguen teniendo pérdidas, podrán hacerlo hasta el 2026
- Podrán comenzar a compensar las pérdidas por la inversión realizada en la declaración de la renta de 2022 y hasta la de 2026. Estos inversores hasta el momento, no han podido desgravarse las pérdidas en el IRPF porque debían esperar a que finalizara el concurso de acreedores. Sin embargo, el Juzgado Mercantil nº 7 de Madrid emitió sentencia el pasado 31 de julio de 2022, después de 16 años de proceso, dando por finalizado el concurso.
Por tanto,
estos inversores ya han podido comenzar a desgravarse las perdidas en la
declaración de 2022. Esto se debe a que la Administración Tributaria establece
que, en caso de concurso de acreedores, el importe del depósito no recuperado
únicamente constituirá una pérdida patrimonial en el ejercicio en que se hayan
agotado las vías legales.
Si aun así,
sigue habiendo pérdidas para el inversor, el contribuyente podrá compensar con
hasta el 25% del saldo positivo formado por las rentas del trabajo del capital inmobiliario
y de las actividades económicas (salario, pensión, alquileres o rentas
inmobiliarias imputadas). Es decir, si una persona gana 100.000€ al año y le
queda por recuperar de Fórum Filatélico 50.000€, en la Renta del ejercicio 2022
solo podrá descontarse 25.000€ (el 25% de su saldo positivo). Para descontarse
los otros 25.000€ deberá de esperar a la declaración de 2023. Los afectados
podrán desgravarse pérdidas en cuatro años, es decir, hasta la declaración de
2026 que se realizará en el año 2027.
Según
explica la OCU, estas pérdidas e deben a incluir en la base general de la base
imponible, concretamente en la casilla 305, en la página 13 (I) de la
declaración, en el apartado “Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no
derivan de la transmisión de elementos patrimoniales”.
Como siempre estamos a vuestra disposición para aclarar cualquier duda que tengáis.
No hay comentarios:
Publicar un comentario