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domingo, 13 de octubre de 2024

MUTUALIDADES, RECLAMACIÓN POR PARTE DE HEREDEROS


Por el interés de algunos socios sobre el titular de este articulo, os hacemos llegar ,

literalmente, la respuesta remitida por Hacienda.


Los herederos de estos mutualistas solo podrán reclamar si la persona que las hizo

falleció a partir de 2020. Concretamente, señala que estos herederos podrán presentar

el formulario de solicitud de devolución online cuando el contribuyente hubieran

fallecido entre 2020 y la fecha de presentación de dicho formulario.


La Administración cierra así la puerta a que millones de personas busquen recibir una

devolución del IRPF cuando ya ha prescrito el plazo de cuatro años para solicitarla.

Cabe recordar que el fisco solo permite recuperar lo tributado de más de los últimos

cuatro años no prescritos, es decir, desde 2020 a 2023. 


Por otro lado, la Agencia Tributaria señala que los herederos no podrán utilizar el

certificado electrónico ni la Cl@ve de la persona fallecida, ya que ambos quedan

inhabilitados. El formulario de solicitud se podrá presentar a través del número de

referencia del fallecido. Para fallecidos desde el año 2021 hasta ahora, el número de

referencia podrá obtenerse por internet.


En todo caso, si el sucesor está dado alta en el registro de sucesores, podrá presentar

el formulario del pensionista utilizando esta representación.


Esperando que esta información os haya sido de utilidad y quedando a vuestra

disposición para cualquier aclaración recibir un cordial saludo.

jueves, 30 de mayo de 2024

DE INTERES PARA SOCIOS ACOGIDOS AL PSI Y ERE 2024-2025

Estimados socios/as:


Reunidos con representantes de MAPFRE, nos informan de las facilidades que, dependiendo de la casuística personal de cada uno, y en referencia al cobro del plan de pensiones. pudieran ser de vuestro interés.

A modo de resumen podríamos decir:






SOLUCIONES FINANCIERAS SALIDAS EMPLEADOS TELEFÓNICA:

Trabajador edades 56-57 años

Durante los dos primeros años que se cobra paro y durante los siguientes años que no tengo carga de IRPF podemos optar por distintas opciones de rescate garantizado del fondo de pensiones en forma de renta.

Trabajadores a partir de 60 años

Soluciones de rescate antes de cumplir edad de jubilación de 63 años o soluciones garantizadas de 1 a 3 años para traslado del plan de pensiones y evitar pérdidas de capital.

Trabajadores a partir de 63 años.

Aportamos distintas soluciones aseguradoras tanto para el rescate del plan estudiando la situación fiscal del titular de cara a garantizar el capital tanto si se rescata como si decide dejarse para herederos.


      • El planteamiento es concertar reuniones individuales con los interesados, el lugar puede ser cualquier oficina de Mapfre en Vigo o Pontevedra y analizar cada situación personalizadamente por las necesidades económicas y fiscales de cada uno de vosotros. Para ello os facilitamos datos de contacto:

CONTACTO: TAMARA FERNÁNDEZ GARCÍA

ASESORA VIDA Y SOLUCIONES FINANCIERAS SUR DE GALICIA.

683188193 LLAMADA/WHATSSAP

FTAMARA@MAPFRE.COM