miércoles, 16 de octubre de 2024

ACUERDO FIRMADO POR UNIVE ABOGADOS Y CONFEDETEL

Por si es de vuestro interés, os paso el acuerdo firmado por Unive Abogados y Confedetel mediante el cual prestarán asesoramiento a aquellos de nuestros socios que lo soliciten, tal y como está recogido en  el punto tercero del citado documento que a la letra dice:

"Con el objetivo de prestar asistencia legal en la gestión de reclamaciones relacionadas con el complemento por maternidad derivado de la brecha de género, Unive Abogados y CONFEDETEL acuerdan la suscripción del presente ACUERDO DE COLABORACIÓN. Este complemento, en vigor desde febrero de 2021, sigue generando situaciones de discriminación por razón de sexo, ya que presume que únicamente las mujeres se ven afectadas en su carrera profesional por el cuidado de los hijos, mientras que los hombres deben acreditar dicho impacto. Esta situación podría contravenir las normativas de la Unión Europea que prohíben el trato discriminatorio en derechos y prestaciones de Seguridad Social."

Asimismo, acompaño el díptico editado por Unive Abogados sobre los complementos de maternidad y complemento maternidad derivada por la brecha de género, que dice:




En la seguridad de que el citado acuerdo puede ser de utilidad para todos aquellos socios que, particularmente, quieran hacer uso del mismo, recibid un cordial saludo.

AVISO IMPORTANTE SOBRE USO DE DOCUMENTACIÓN PERTENECIENTE A CONFEDETEL/APRETEL

Desde Confedetel y Apretel hemos detectado el uso indebido de documentación, parcial o total, utilizada en foros de Internet y obtenida, la mayor parte de las veces sin mencionar la fuente y siempre sin autorización, de artículos publicados en nuestras revistas.

En estos artículos, intentamos que, los más completos posibles, traten de ayudaros a, teniendo la máxima información y con nuestro asesoramiento, que podáis tomar las decisiones que estiméis oportunas en vuestros casos. Su utilización segada o sin los conocimientos pertinentes, puede dar lugar a obtener resultados contrarios a los perseguidos.

Algunas veces y “animados” por personas con desconocimiento de la problemática, se están tomando decisiones que no solamente perjudican a los participantes, sino también al resto del colectivo, entended que denuncias mal argumentadas pueden llegar a resoluciones jurídicas que pueden crear precedentes contrarios a nuestros intereses.

Desde Apretel y Confedetel os animamos a consultarnos cualquier duda que os surja y recordaros que nuestros artículos son una forma de despertar vuestro interés sobre temas que nos afectan directamente, nosotros estamos detrás a vuestra disposición.

Independientemente de lo comentado, desde Apretel y Confedetel estamos estudiando las medidas oportunas con el fin de defender nuestros derechos ante el uso indebido de nuestra documentación.

Un cordial saludo para tod@s.

domingo, 13 de octubre de 2024

MUTUALIDADES, RECLAMACIÓN POR PARTE DE HEREDEROS


Por el interés de algunos socios sobre el titular de este articulo, os hacemos llegar ,

literalmente, la respuesta remitida por Hacienda.


Los herederos de estos mutualistas solo podrán reclamar si la persona que las hizo

falleció a partir de 2020. Concretamente, señala que estos herederos podrán presentar

el formulario de solicitud de devolución online cuando el contribuyente hubieran

fallecido entre 2020 y la fecha de presentación de dicho formulario.


La Administración cierra así la puerta a que millones de personas busquen recibir una

devolución del IRPF cuando ya ha prescrito el plazo de cuatro años para solicitarla.

Cabe recordar que el fisco solo permite recuperar lo tributado de más de los últimos

cuatro años no prescritos, es decir, desde 2020 a 2023. 


Por otro lado, la Agencia Tributaria señala que los herederos no podrán utilizar el

certificado electrónico ni la Cl@ve de la persona fallecida, ya que ambos quedan

inhabilitados. El formulario de solicitud se podrá presentar a través del número de

referencia del fallecido. Para fallecidos desde el año 2021 hasta ahora, el número de

referencia podrá obtenerse por internet.


En todo caso, si el sucesor está dado alta en el registro de sucesores, podrá presentar

el formulario del pensionista utilizando esta representación.


Esperando que esta información os haya sido de utilidad y quedando a vuestra

disposición para cualquier aclaración recibir un cordial saludo.

martes, 1 de octubre de 2024

…¿Y SI CAE AQUÍ?...

Lotería de Navidad Apretel 2024 

La administración de loterías número 2. En la calle Gran Vía nº 176 de Vigo, tiene reservado el número 78077 para APRETEL

¡Ir a por vuestros décimos antes de que se agoten! 

Para los socios de Pontevedra y Ourense, si os resulta complicado recogerlos, os los reservamos llamando a los teléfonos de la asociación, 986205630 o 679242075 y os los llevaremos cuando tengamos la reunión con vosotros. 

Un abrazote para tod@s