viernes, 16 de octubre de 2015

ASOCIACIÓN APRETEL

Esta asociación, é verdade que hai crise, pero coa cota de só 40 euros ao ano, ten o compromiso de defender os nosos dereitos, revisar contratos e reclamar o que é noso, etc... A unión fai a forza, cantos máis sexamos, moito mellor para levar as nosas voces ás Institucións.

Ao acceder á xubilación, algúns dos nosos asociados causan baixa na asociación. Porque creen que “xa non teñen nada que face” e a asociación pensa que no periodo de xubilación aínda existen varias reivindicacións que defender.

Esta asociación, non ten motivación relixiosa, lucrativa, mercantil ou política e defenderase ante calquera injerencia ou control.

Saúdos,



A Directiva

miércoles, 14 de octubre de 2015

Pensiones de viudedad: ¿qué porcentaje me corresponde?

Con carácter general, las pensiones de viudedad suponen el 52% de la base reguladora del salario del trabajador o de la pensión de jubilación. Sin embargo, en ocasiones este porcentaje puede alcanzar el 70%, aunque deben concurrir simultáneamente varias circunstancias.

 Por una parte, el pensionista debe tener cargas familiares, es decir, que conviva con hijos menores de 26 años o mayores incapacitados o menores acogidos, o que los rendimientos de la unidad familiar, incluido el pensionista, no superen el 75% del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.

 Además, la pensión de viudedad debe constituir la principal o única fuente de ingresos. Se entiende que se cumple este requisito cuando el importe anual de la pensión sea superior al 50% del total de los ingresos del pensionista.

 Igualmente, los rendimientos anuales no superarán la cuantía resultante de sumar al límite que en cada ejercicio económico esté previsto para el reconocimiento de los complementos por mínimos de las pensiones contributivas, el importe anual que corresponda a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares. A partir de 01-01-2012, el límite de ingresos es de 17.011,54 € anuales (6.993,14 + 10.018,40).

 Si no se cumplen los tres requisitos o se pierde alguno de ellos, se aplicará el porcentaje del 52%.

 ¿Cómo se calcula la base reguladora?

 Se calcula de forma diferente, dependiendo de la situación en que se encuentre el causante (trabajador en activo o pensionista) y de la causa del fallecimiento (contingencia común o contingencia profesional).

 En el caso de fallecimiento de pensionistas de jubilación o incapacidad permanente, la base reguladora será la misma que sirvió para determinar la pensión de jubilación o incapacidad permanente del fallecido, a la que se aplicará el porcentaje que, en su caso, corresponda. El resultado se incrementa con el importe de las revalorizaciones que, para las pensiones de viudedad, hayan tenido lugar desde la fecha en que se causó la pensión originaria.

 Si el fallecido se hallaba en situación de jubilación parcial, serán tenidas en cuenta las bases de cotización correspondientes al período trabajado a tiempo parcial, incrementadas hasta el 100% de la cuantía que le hubiera correspondido de haber trabajado a "tiempo completo" durante dicho período.


Directiva de Apretel .

martes, 13 de octubre de 2015

Artículo para reflexionar

Octavio Granado       Secretario de Estado de Seguridad Social 2004-2011

Hace algunos años se descubrió que el festival de Walt Disney que había ganado un Óscar al mejor documental, en el que se mostraba como un conjunto de lemmings se suicidaba en masa, era fruto de una manipulación, y que estos pequeños roedores solo andan en fila en situaciones de superpoblación, pero sin suicidarse.

A los pensionistas españoles los operadores del sistema intentan convencerlos de que deben suicidarse, aceptar nuevos recortes, incompatibilizar sus pensiones con otros ingresos, en la mejor tradición de la desvergüenza cinematográfica de los estudios de Disney. La verdad sobre la gestión de los productores de este documental no se diferencia mucho de los que empujaban fuera de cámara a los lemmings hacia el río.

Los ingresos por cotizaciones del sistema crecieron hasta agosto un 2,17% en los ocupados, mientras bajaban un 15,11% en los parados, consecuencia de la mayor desprotección. Las pensiones crecieron un 3,41%, aunque los complementos a mínimo y las no contributivas siguen bajando y moderando el crecimiento global.

Como en su conjunto pese a la congelación los gastos crecen un ritmo superior al doble de lo que crecen los ingresos, en agosto ya el déficit del sistema era del 0,5% del PIB, más de cinco mil millones de euros. Para que se cumplan las previsiones los Presupuestos de 2015, y de 2016, basadas en las anteriores, sería necesaria que cada mes que falta de este año las cotizaciones subieran un 25% sobre lo que se ha venido ingresando. Como esto no va a ser así, acabaremos el año con un déficit de unos 15.000 millones de euros, que acabaremos sacando de un Fondo de Reserva que a este ritmo se extingue en la primera extra de 2017.

Como cada semana vamos conociendo una nueva rebaja fiscal para los empresarios, hasta la Autoridad Independientes de Responsabilidad Fiscal (AIReF) escogida por el Gobierno advierte de que las medidas para recaudar más han fracasado, que la disminución de reservas amenaza la sostenibilidad del sistema y que o buscamos nuevos ingresos o peligra la sostenibilidad del sistema de pensiones.

En realidad, las cosas no están tan mal. Están peor, porque el empleo que se crea no es de verdad. El trabajo temporal ha vuelto a enseñorearse del mercado, y las estadísticas no reflejan la evolución real, porque se desestacionalizan las cifras, eliminando los impactos del empleo estacional, pero no se tienen en cuenta los puestos de trabajo antes cubiertos por empleados públicos afiliados a las Mutualidades y que ahora son cubiertos por afiliados a la Seguridad Social ante la extinción paulatina de Clases Pasivas. Es decir, docentes, soldados y otros funcionarios equilibran unas cifras que antes no contemplaban estas afiliaciones. Para que se hagan una idea de lo que estamos hablando, en septiembre la afiliación creció en unas nueve mil personas, pero en educación en 62.000. ¿Cuántos de estos 62.000 son jubilados en Clases Pasivas? Este año se ha anticipado la vendimia y los trabajadores contratados aumentan en septiembre en 36.000. Pues éstos son los empleos que está creando Rajoy, números sin personas.

En resumen, que los pensionistas españoles no son lemmings, y se merecen un gobierno que no les empuje al río.

lunes, 12 de octubre de 2015

LOTERÍA DE NAVIDAD

A los socios de Apretel, ya tenemos la lotería de Navidad reservada en la administración nº 2 de  López Mora nº 85, el número es el siguiente:  

77.253

domingo, 11 de octubre de 2015

Para todos los socios de ATAM

Para todos los socios de ATAM,  la delegación en Vigo de dicha asociación cambió de domicilio, pasó a ser la siguiente: Rúa Teixugueiras nº 15 bajo Navia- Vigo, CP 36212, el teléfono sigue siendo el mismo 986277088, siendo la titular de dicha delegación la Sr. Xiana Pérez.


Directiva de Apretel.

Para todos los socios de Montepío de Teléfonos

Se recuerda a todos los socios del Montepío de Teléfonos, que entre todas las prestaciones que se tienen por ser socios del mismo, tenemos una que es la de Jubilación, que cuando se obtiene de la Seguridad Social, no olvidarse de solicitar dicha prestación.


Directiva de Apretel.

sábado, 10 de octubre de 2015

Información de CONFEDETEL (Confederación estatal de empleados de Telefónica)

Hola a todos:

Como recordaréis el 25-2-2015  (correo 20150223@11:15 anexo  y Boletín nº 3  junio 2015 de Confedetel pág.. 17/18) presentamos vía telemática una Consulta Vinculante a la Dirección General de Tributos (D.G.T.) sobre el cambio, desde el 1-1-2015, del 40% al 30% de la exención en el IRPF sobre las indemnizaciones por despido, que afectaba algunos compañeros del ERE 2003/07 que aún están cobrando de la empresa y a todos aquellos compañeros  del ERE 2011/13 que actualmente y en los sucesivo cobran de Telefónica  una vez superado el periodo exento de rentas.

La pasada semana por correo ordinario se recibía la  respuesta a esta consulta, siendo su contenido  desestimatorio por parte de la DGT,  según la cual está bien aplicado el 30% por la empresa.

Para mantener este criterio  la DGT se basa en su respuesta  en el Real Decreto 633/2015 (BOE del 11 de julio), por el que se modifica el artículo 12 del Reglamento del IRPF (anexo), aplicando el 30% en lugar del 40%.

Desde el mismo momento de recibir esta respuesta, por parte de Confedetel, se han iniciado una serie de actuaciones  para tratar de reconducir esta preocupante e injusta situación que afecta de forma tan negativa  a estos compañeros, ya que por una parte les asistía la legislación vigente en su día y por otra parte, los diversos acuerdos suscritos en los respectivos  Ere´s y sus actas de seguimiento.

Del resultado de estas gestiones informaremos debidamente.

Rogamos la máxima difusión entre vuestros socios, especialmente entre los afectados, los que todavía siguen cobrando la indemnización.

Saludos.

La Junta Directiva de Confedetel




viernes, 9 de octubre de 2015

Los jubilados sortean al TC con fallos que revalorizan las pensiones de 2012

Fuente EL PAÍS
El alto tribunal avaló la decisión del Gobierno de no subir las jubilaciones según el IPC
Stefania Gozzer - Barcelona

El Juzgado de lo Social número 12 de Barcelona ha comenzado este mes a emitir sentencias a favor de los jubilados que denunciaron al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por no revalorizar en 2012 sus pensiones al 2,9% que marcó entonces el Índice de Precios de Consumo (IPC). Se trata de los primeros fallos después de que el Tribunal Constitucional avalara la legalidad del recorte que el Ejecutivo de Mariano Rajoy aplicó ese año, destacó ayer UGT.

La titular de dicho juzgado ha emitido al menos dos sentencias idénticas en las que determina que la medida del Gobierno “atenta claramente contra el artículo 12 de la Carta Social Europea”. Este recoge el derecho a la Seguridad Social y el compromiso de los Estados a mantenerla en “un nivel satisfactorio”.

De esta forma, los jubilados han conseguido sortear el fallo del Constitucional. Este decidió el pasado marzo que el Gobierno había actuado dentro de la legalidad al no actualizar las pensiones en 2012. Según el alto tribunal, cuando se tomó esta decisión la revalorización conforme al IPC era aún “una mera expectativa” y no un “derecho adquirido”. Por lo tanto, el recorte no incurría en un supuesto de retroactividad.

Las denuncias de al menos 10.000 jubilados estaban paralizadas a principios de 2015 a espera de la sentencia del Constitucional, según la Marea Pensionista. Cuando esta se dio, algunos jueces fallaron contra los demandantes y no ha sido hasta ahora que han salido los primeros fallos favorables.

En concreto, dos reconocen el derecho de 11 pensionistas —10 de una demanda colectiva publicada por la Marea Pensionista (Col·lectiu Ronda) y otro de una individual presentada a través del gabinete jurídico de UGT— a recibir una paga única compensatoria. Esta resultará de lo que dejaron de percibir en 2012 —cuando el Gobierno solo revalorizó en un 2% las mensualidades de menos de 1.000 euros y en un 1% el resto— y el cálculo de lo que deberían haber ganado en la jubilación de 2013 si el año anterior se hubiera aplicado la subida del 2,9%.