jueves, 12 de enero de 2017

Información de nuestros compañeros de Sevilla

ASOCIACIÓN DE PREJUBILADOS DE TELEFÓNICA
Sevilla

ERE´s POSIBILIDAD DE JUBILARSE ANTICIPADAMENTE AL CUMPLIR 61 AÑOS DE EDAD

Hemos detectado que algunos compañeros que cesaron su actividad profesional por ERE´s (2003/07 y 2011/13) asocian, por error de concepto, el momento de dejar de cobrar de Telefónica la indemnización por despido con la fecha en que se pueden jubilar. Una cosa es la finalización del contrato firmado con Telefónica en la desvinculación laboral, cobrando hasta un mes concreto entre los 61 y los 65 años de edad, y otra muy distinta la posibilidad de jubilarse anticipadamente, a partir de cumplir los 61 años, según las condiciones legales vigentes aplicadas por la Seguridad Social.

En general, por la Ley 27/2011, los compañeros acogidos a los ERE´s 2003/2007 o 2011/2013 podrán jubilarse anticipadamente, siempre que lo hagan antes del 1 de enero de 2019, si cumplen las siguientes condiciones:

 Tener cumplidos los 61 años de edad.
 Haber cotizado al menos 30 años. El servicio militar o prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año, se puede computar para alcanzar estos años.
 Estar inscrito como demandante de empleo desde al menos 6 meses antes de jubilarse.
 El cese en el último trabajo ha de ser involuntario (ERE) o por Convenio Colectivo.

Retrasar el acceso a la jubilación más allá de los 61 años, pudiendo jubilarse con esta edad, implica seguir pagando el Convenio Especial sin compensación por parte de Telefónica (para los acogidos al ERE 2011/2013 a partir de los 63 años) y, al mismo tiempo, no percibir la pensión mensual de jubilación, lo que supone una importante merma económica.

Puesto que el cálculo de la pensión y las condiciones de acceso a la jubilación son complejas y depende de las circunstancias particulares de cada uno (otras pensiones contributivas, viudedad, alcanzar la pensión máxima, madre de más de un hijo, etc.), recomendamos a nuestros socios que, al cumplir la edad de 61 años, se planteen la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada.

En el caso de que tengáis dudas sobre esta cuestión, la Junta Directiva de ACPT y los socios colaboradores expertos en Seguridad Social o Planes de Pensiones os ofrecemos asesoramiento personalizado para que toméis la decisión más favorable para vuestros intereses.



Sevilla, octubre 2016

2 comentarios:

  1. Cumplo los 61 en enero 2019 y me han dicho en la ss que no me podré jubilar hasta los 63 sabéis si esos dos años la empresa me pagará soy del ere del 2007 gracias
    Mi nombre es celestina

    ResponderEliminar
  2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar